Se requieren servicios de impresion
- Total
- $55.698.010
- Neto
- $46.805.050
- Impuestos
- $8.892.960
6. Que, en virtud de lo expuesto se configura la causal de trato directo contemplada en el artículo 10 N°3 del Decreto Supremo N°250 de 2004 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886, esto es: En casos de emergencia, urgencia o imprevisto, calificados mediante resolución fundada del jefe superior de la entidad contratante, sin perjuicio de las disposiciones especiales para los casos de sismo y catástrofe contenida en la legislación pertinente, situación que ocurre en la especie, al tratarse de un plan de contingencia con plazos perentorios y que considera la de ejecución de una gran cantidad de procesos de compra, no siendo posible esperar los plazos de una licitación;1. AUTORÍCESE la contratación directa para el servicio de impresión en los CESFAM de la comuna de Lo Prado y sus respectivas instalaciones en el marco del Plan de cuidados frente al calor extremo y eventos de olas de calor, por aplicación de la causal emergencia, urgencia o imprevisto, contemplada en el artículo 10
- Organismo comprador
- Corporación Municipal de Lo Prado
- Proveedor
- ANGEL SPOTORNO SERVICIOS PUBLICITARIOS E.I.R.L.76.981.961-4
- Licitación de origen
- Compra directa (sin licitación)
- Creación29-12-2023
- Envío a proveedor29-12-2023
- Aceptación29-12-2023