De la oferta técnica. La oferta técnica presentada por los oferentes deberá adecuarse a lo dispuesto en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (Decreto Supremo N°977/96, del Ministerio de Salud) y a las bases técnicas de cada producto. Esta oferta técnica deberá expresarse a través del llenado del formulario proyecto técnico, formulario en versión digital Excel, que para cada producto se contempla en las bases técnicas. Adicionalmente, los oferentes deberán adjuntar, en el orden indicado en los respectivos CheckList incorporados en las bases técnicas y SÓLO en el apartado ANEXOS TÉCNICOS del portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: 4.1. Para los productos importados: la resolución de autorización de uso y disposición de Alimentos de la SEREMI de Salud correspondiente; 4.2. Formulario Proyecto Técnico: el oferente deberá presentar este formulario en versión digital en formato Excel compatible con la versión 2003 y en formato PDF el que deberá contener firma y timbre del laboratorio externo que realiza el análisis del producto ofertado; 4.3. Certificados de análisis del producto ofertado que respalden toda la información presentada y requerida en las bases técnicas (formulario proyecto técnico), debidamente firmado y timbrado por el laboratorio externo: a. Listado cuali-cuantitativo de todos los ingredientes y componentes, incluyendo aditivos y coadyuvantes del producto, en orden decreciente de proporciones, descritos con sus nombres específicos (artículo 107 del Reglamento Sanitario de los Alimentos); b. Certificado de país de origen de cada uno de los ingredientes incorporados en el producto; c. Certificación de las vitaminas y minerales adicionados (donde se señale el proveedor, tipo y cantidad de vitaminas y minerales adicionados); d. Certificación del perfil de ácidos grasos y el índice de peróxidos de cada materia grasa utilizada en el producto. Debe certificarse la o las materias grasas utilizadas como materia prima y la adición de antioxidantes autorizados por el Reglamento Sanitario de los Alimentos, para estabilizar adecuadamente los lípidos presentes en la fórmula; e. Composición química y de nutrientes, la que deberá incluir: energía, humedad, cenizas, proteínas, lípidos (incluyendo la descripción de sus ácidos grasos), hidratos de carbono disponibles, fibra dietética total (en los casos que corresponda), todas las vitaminas, minerales y energía; f. Resultado del control microbiológico de acuerdo a las bases técnicas de cada producto; g. Resultados de la evaluación sensorial, de acuerdo a Anexo N°1 de las bases técnicas para cada producto; h. Descripción general del control de calidad que usa la empresa, especificando el o los laboratorios de control de calidad, para todos los análisis incluidos en las bases técnicas;
i. Indicadores fisicoquímicos del producto según la información requerida en las bases técnicas (formulario proyecto técnico); j. Indicadores del material de envase, proceso de envasado y sellado del envase individual (hermeticidad y oxígeno residual); k. Envase individual: tipo de materiales, espesor, densidad, dimensiones, en caso de un oferente nuevo deberá adjuntar una carta compromiso, en la cual declara cumplir con lo solicitado para este ítem en las bases técnicas; l. Caja contenedora; tipo de material, espesor, gramaje, test de resistencia incluidas en las bases técnicas de cada producto. m. Dosificador: Tipo de materiales, color, forma, capacidad. 4.4. Todos los certificados de análisis, deben venir con la información detallada, como: nombre del producto, fecha de elaboración, vencimiento y lotes de producción. 4.5. El laboratorio externo que realiza los análisis al producto ofertado deberá ser individualizado en la oferta técnica, adjuntando la certificación que permita conocer si dicho laboratorio está acreditado para realizar análisis por organismos reconocidos por el Estado, para estos fines, ISP e INN. 4.6. Declaración jurada simple dando cuenta de la existencia o no, de sumarios sanitarios en que haya resultado sancionado el oferente, relacionados con la calidad de sus productos y/o condiciones de almacenamiento (tanto los elaboradores nacionales y/o extranjeros como las empresas distribuidoras e importadoras), en los últimos 12 meses previos a la fecha de cierre del plazo de recepción de ofertas, y 4.7. En el caso de los oferentes nuevos deberán presentar un certificado de estudio de estabilidad del producto de acuerdo lo establecido en las bases técnicas de cada producto. Todos los certificados solicitados anteriormente corresponden a los resultados del análisis efectuado a un producto que corresponde al prototipo definido en el capítulo I, punto 4.36 de las presentes bases.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
3.1. Reparos: Por habérsele efectuado reparo(s) a la oferta, tales como corregir errores, salvar omisiones, adjuntar documento(s) o certificado(s) no acompañados dentro del plazo para efectuar las ofertas, según lo señalado en el Capítulo IV puntos 5 y 6 de estas bases, se aplicará a la oferta una deducción única de 3 (tres) puntos, independientemente del número de reparos, documentos o certificados solicitados por esta vía.