Gratis con tu RUT
Conecta el RUT de tu empresa
Mira tu probabilidad de ganar, qué postular y dónde ganas.
Crear cuenta gratisCorporación de Educación y Salud de Las Condes·Las Condes, Región Metropolitana de Santiago
Conforme lo establecido en el artículo 128° del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, NO será admisible la subcontratación, motivo por el cual la infracción al presente párrafo será causal de término anticipado de la contratación.
Gratis con tu RUT
Regístrate gratis con el RUT de tu empresa y calculamos tu chance sobre tu historial real de adjudicaciones.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse a la Corporación dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Los proveedores participantes, primero, deberán ver el detalle de las ofertas en el Cuadro Evaluativo del Acta de Adjudicación. Si aún existen dudas deberán enviar sus consultas vía plataforma, la Corporación dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas.
Durante el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes aclaraciones y/o antecedentes omitidos respecto de sus respectivas propuestas, las que se efectuarán únicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas a esta solicitud deberán subirse al mismo Portal dentro de las 24 horas siguientes contadas desde la notificación del requerimiento al oferente a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Estos requerimientos no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni transgredir los principios de igualdad entre los oferentes y la estricta sujeción a las Bases. La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del Portal Mercado Público al resto de los oferentes. Además, según lo dispuesto en el N° 1 del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, no se considerará como error formal errores en el precio de la oferta. Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos el oferente será evaluado de conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, asignándole un menor puntaje en el criterio denominado "Cumplimiento de Requisitos Formales".