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La Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, con el fin de obtener recursos para cumplir sus obligaciones financieras adeudadas derivadas del cumplimiento de sus funciones de Educación y Salud Públicas, de acuerdo con el Art. 4, letras a y c de la Ley Nº18.695 Orgánica de Municipalidades, efectúa el proceso de Licitación Pública Operación Leaseback Financiero Ilustre Municipalidad de Viña del Mar. La Municipalidad se encuentra debidamente facultada para suscribir el respectivo contrato hasta por un monto de 17.517.806.100.- en un plazo que no exceda los 120 meses, desde la firma del contrato conforme lo indique la oferta del proveedor adjudicado. La referida contratación se encuentra autorizada por; Oficio Ordinario N1004 de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, de fecha 28 de marzo de 2023 y por el Oficio Ordinario N273, de fecha 24 de enero de 2024 de la misma Dirección de Presupuestos, este último otorga una prórroga a la vigencia de la autorización de operación de leaseback en seis meses adicionales y; por Acuerdo del H. Concejo Municipal celebrado con fecha 6 de diciembre de 2022, consignado en Oficio Ordinario N° 442 de fecha 13 de diciembre de 2022 de parte de la señora Presidenta del Concejo, en que se autoriza la suscripción de un contrato mediante licitación pública para la Operación Leaseback Financiero en los términos señalados. Se hace presente que el Municipio cuenta con distintas fuentes de financiamiento e ingresos, para afrontar los gastos asociados a su funcionamiento e inversiones necesarias para el cumplimiento de sus funciones para con la comunidad. El presupuesto se planifica año a año, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto que se ejecute con estricta sujeción a su planificación. En este orden de ideas, la cuota asociada al pago que se genere como consecuencia del presente proceso de licitación, será considerado en el presupuesto de los años correspondientes, teniendo además como fuente de ingresos, aquellos que conforme a la Ley N19.995, que Establece las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de Casinos de Juego, la que aparece como una fuente de financiamiento permanente que se considera para dar cumplimiento a las obligaciones que como consecuencia del presente proceso, puedan contraerse por la Municipalidad.
| Proveedor | Producto / línea | Precio unit. | Total ofertado | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|---|---|
| SCOTIABANK CHILE97.018.000-1 | LEASING FINANCIERO1 Unidad·1 oferente | $1 | $1 | $1 | Adjudicada |
| Código OC | Proveedor | Envío | Total |
|---|---|---|---|
| 3929-66-SE24 | SCOTIABANK SUD AMERICANO97.018.000-1 | 21-06-2024 | $17.517.806.100 |
Para cada producto: qué tan disputado es, si el mercado está capturado o abierto, y quiénes son los incumbentes. Del histórico real de licitaciones.
Ganabilidad combina la disputa (oferentes típicos por licitación) y la concentración del mercado (índice HHI sobre quién adjudica). Atomizado = muchos ganadores, sin dueño → entrable; Concentrado = pocos se llevan casi todo. El precio ref. es la mediana de lo adjudicado (dato secundario, no decide si postular).
Sin adjuntos.