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Se rechazarán aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos de la licitación en consideración a los documentos solicitados. Durante el proceso de evaluación la institución podrá solicitar a los oferentes aclaraciones referentes a las ofertas, la complementación de alguna información, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal Mercado Público. La institución podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la institución a través del sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo de 48 horas para que las subsane. En caso que el anexo 5 se encuentre debidamente llenado, pero el valor bruto de la propuesta es el ingresado en la oferta oficial de Mercado Público como valor neto, la oferta será admitida, y se considerará el valor detallado en anexo 5 como el valor ofertado. En caso de adjudicar, el valor de la propuesta será corregido al momento de hacer la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl. En lo casos anteriores el oferente será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Ofertas”, según lo estipulado en “Evaluación de las Ofertas” contenido en las Bases Técnicas. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta restrictiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos de presentación”.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes sólo podrán formular consultas o aclaraciones, respecto de las presentes Bases, a través del Foro del Sistema de Información, dentro del plazo establecido en el calendario de la licitación. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Ningún interesado en la presente licitación, oferentes o terceros, podrán contactarse de ninguna manera con la entidad licitante o sus funcionarios, durante el curso del proceso concursal. A través del foro que estará habilitado en el portal, la Delegación Presidencial Provincial de Cauquenes, podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, comunicándolas masivamente a los interesados a través de archivos adjuntos en el portal www.mercadopublico.cl, caso en el cual se otorgará un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. La Delegación Presidencial Provincial de Cauquenes, podrá modificar las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución que será sometida a la misma tramitación que la Resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el portal Mercado Público. En la Resolución modificatoria se considerará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, para cuyos efectos se reformulará el cronograma de actividades establecido en el cronograma de actividades.