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Las presentes Bases se refieren a las condiciones y características Técnicas requeridas para la ADQUISICIÓN DE TAMOXIFENO Y ACIDO TRANSRETINOICO, en adelante El Medicamento, por una vigencia de dieciocho (18) meses, de acuerdo al siguiente detalle: PRODUCTO: TAMOXIFENO 20 MG PRESENTACIÓN: CM TIPO DE ADMINISTRACIÓN: ORAL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: FÁRMACO SE ADQUIERE POR INTERMEDIACIÓN CENABAST, POR LO TANTO, LA COMPRA SE GENERARÁ SOLO SI EXISTE UN INCUMPLIMIENTO. PRODUCTO: ACIDO TRANSRETINOICO 10 MG PRESENTACIÓN: CM TIPO DE ADMINISTRACIÓN: ORAL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: STOCK BODEGA La adquisición de los medicamentos requeridos por intermediación de la Central de Abastecimiento (CENABAST), se activarán toda vez que se presente un incumplimiento, y para el Stock bodega. Estos serán suministrados a los pacientes del recinto de Salud, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2024 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 2 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación. Los medicamentos requeridos serán adquiridos para el Stock bodega. Estos serán suministrados a los pacientes del recinto de Salud, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2024 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 2 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación. Los medicamentos a adquirir, se requiere que cumplan sus condiciones establecidas por el fabricante, para esto, se debe asegurar las buenas prácticas de almacenamiento y distribución para las droguerías y depósitos de productos farmacéuticos de uso humano, en lo que sea pertinente a las actividades a las cuales está autorizada, aplica Norma 147 de Buenas prácticas de Almacenamiento y Distribución para droguerías y depósitos de productos farmacéuticos de uso humano, en relación con el Decreto Supremo N°466/1984, del Ministerio de Salud. Se deberá presentar resolución sanitaria del ISP que autoriza las actividades de importación, recepción, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos terminados, en caso de contratar los servicios y/o representar al titular, deberá adjuntar contrato y resolución sanitaria correspondiente.
Quién no puede postular
Prohibición de Subcontratación
| Proveedor | Producto / línea | Precio unit. | Total ofertado | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES PHARMAVISAN SOCIEDAD ANONIMA76.055.804-4 | CLADRIBINA9.000 Comprimido·4 oferentes | $4.750 | $42.750.000 | $42.750.000 | Adjudicada |
| TECNOFARMA S A88.466.300-8 | TAMOXIFENO90.000 Comprimido·4 oferentes | $182 | $16.380.000 | $16.380.000 | Adjudicada |
| ASTRAZENECA SA76.447.530-5 | TAMOXIFENO90.000 Comprimido·4 oferentes | $383 | $34.470.000 | — | Aceptada |
| BLAU FARMACEUTICA CHILE SPA76.598.564-1 | TAMOXIFENO90.000 Comprimido·4 oferentes | $325 | $29.250.000 | — | Aceptada |
Para cada producto: qué tan disputado es, si el mercado está capturado o abierto, y quiénes son los incumbentes. Del histórico real de licitaciones.
Ganabilidad combina la disputa (oferentes típicos por licitación) y la concentración del mercado (índice HHI sobre quién adjudica). Atomizado = muchos ganadores, sin dueño → entrable; Concentrado = pocos se llevan casi todo. El precio ref. es la mediana de lo adjudicado (dato secundario, no decide si postular).
Sin adjuntos.